Reglamento (CE) 1331, 1332, 1333 y 1334/2008

Sobre aditivos, enzimas y aromas alimentarios

Como ya avanzamos las Posiciones Comunes (CE) 6, 7, 8 y 9/2008, han sido aprobadas y ya son normas vinculantes directamente aplicables para todos en la Unión Europea. Su lectura es interesante por las explicaciones y su exposición de motivos. No obstante, la normas son las que detallan a continuación:

Reglamento (CE) 1331/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, por el que se establece un procedimiento de autorización común para los aditivos, las enzimas y los aromas alimentarios

Reglamento (CE) 1332/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre enzimas alimentarias y por el que se modifican la Directiva 83/417/CEE del Consejo, el Reglamento (CE) 1493/1999 del Consejo, la Directiva 2000/13/CE, la Directiva 2001/112/CE del Consejo y el Reglamento (CE) 258/97.

Reglamento (CE) 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre aditivos alimentarios

Reglamento (CE) 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre los aromas y determinados ingredientes alimentarios con propiedades aromatizantes utilizados en los alimentos y por el que se modifican el Reglamento (CEE) 1601/91 del Consejo, los Reglamento (CE) 2232/96 y Reglamento (CE) 110/2008 y la Directiva 2000/13/CE

© DOUE L 354, 31 Dic. 2008

Recomiendo a las empresas e industrias del sector la unión de esfuerzos conjuntos mediante asociaciones, ya que la carga de trabajo es importante, en especial, para las pequeñas y medianas empresas.

Algunos que nos libramos del alcance del Reglamento (CE) 1907/2006 o REACH por la excepción del uso alimentario de nuestros productos, nos quedamos atrapados por estos 4 reglamentos europeos.

Parece ser que se ha bloqueado el servidor Eur-Lex, por lo que hoy no añadiré nuevas entradas así que, olvidemos, los agoreros augurios económicos y tratemos de ser un poco mas felices en el 2009, aunque nos lo pongan difícil. El equipo de Sinapti.com os desea

FELIZ 2009 ¡Para tod@s, todo el año!

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Último BOE en papel

El número 315 del BOE de este año es la última edición en papel, a partir del 1 de Enero de 2009 la edición electrónica del Boletín Oficial del Estado y del Boletín Oficial del Registro Mercantil tendrán plena validez jurídica de acuerdo con lo previsto en la disposición final segunda de la Ley 11/2007, de 2 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Las ediciones impresas de ambos boletines sólo tendrán como misión el servir de medio de conservación, por tanto a partir de mañana no se distribuirán las versiones impresas.

Por tanto llega a su fin una historia que comenzó en 1762 con el uso por parte de la Corona de la Gazeta para la comunicación de las decisiones tomadas por los gobiernos.

Desde sinapti seguiremos informado como siempre ya que nuestra fuente de información siempre ha sido la versión electrónica del BOE y de otras publicaciones.

Un saludo a tod@s y el equipo de Sinapti les desea un Feliz y Próspero Año 2009.

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Posicion Común (CE) 28/2008

El grado kelvin (°k) de temperatura termodinámica.

Posición Común (CE) 28/2008, de 18 de noviembre de 2008, aprobada por el Consejo …, con vistas a la adopción de una Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 80/181/CEE del Consejo, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre unidades de medida.

© DOUE C 330E, 30 Dic. 2008

Son los nuevos patrones, que no patronos, aunque hay que reconocer que la lista parece mas, un santoral del relativismo científico: hertzio, newton, pascal, julio, siemens, weber, tesla, henry, lumen, lux, becquerel, gray, sievert y katal.

O la bola de cristal: vatio, culombio, voltio, ohmio, faradio, … los electroduendes y la bruja Avería y tal y cual, pascal.

El acre ó 4 047 m², deja de ser una medida catastral.

;-D

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COLOSS

COlony LOSSes o perdida severa de colmenas. Ver  coloss.org

La pérdida de colmenas de abejas melíferas en todo el mundo representa una crisis conocida desde hace tiempo. En los Estados Unidos, que fueron los primeros, se han empezado a preocupar seriamente cuando los ecosistemas -pero no la apicultura o las cosechas- digo, cuando los ecosistemas empezaban a deteriorarse por la pérdida de las abejas.

Ha habido varios trabajos, pero ninguno ha sido capaz de justificar el CCD o “Colony Collapse Disorder”  en abejas melíferas, por lo que se supone se trata de una causa múltiple.

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria o EFSA, ha dotado una beca de 100.000 Euro a un consorcio de laboratorios e instituciones agrupados en COLOSS, en el que brilla los organismos españoles, por su ausencia, siendo el problema de alcance mundial.

Dejo un enlace de la Autoridad: EFSA

Pan-European research project on bee decline

Y la entrada anterior en Sinapti.com del mes de mayo

¿Que pasa con las abejas?

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Directiva 2008/105/CE

Normas de Calidad Ambiental de Aguas

Avanzada como Posición Común (CE) 3/2008

Directiva 2008/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a las normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas, por la que se modifican y derogan ulteriormente las Directivas 82/176/CEE, 83/513/CEE, 84/156/CEE, 84/491/CEE y 86/280/CEE del Consejo, y por la que se modifica la Directiva 2000/60/CE

© DOUE L348, 24 Dic. 2008

Opinión personal de ALyCie: En las listas aparecen un montón de sustancias sintéticas, inventadas por grandes empresas químicas, que en su momento, gracias a los derechos de propiedad intelectual, o patentes, ganaron mucho dinero. Esas mismas sustancias hoy son un problema para el medio ambiente, que como en la crisis finaciera del 2008, hemos de limpiar entre todos, a costa de nuestro esfuerzo, ahorros e impuestos. Ante estos atropellos, nadie levanta la voz, pues las inversiones en publicidad en los medios, los tienen amordazados. ¿Quién se acuerda de los nombres de la empresas que crearon los casos de Bopal o Seveso?

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Directiva 2008/112/CE

Los preparados se llamarán mezclas

Una Directiva de las de cajón de sastre, en la que se regulan aspectos importantes de otras Directivas y Reglamentos:

Directiva 2008/112/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, que modifica las Directivas 76/768/CEE, 88/378/CEE y 1999/13/CE del Consejo y las Directivas 2000/53/CE, 2002/96/CE y 2004/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo para adaptarlas al Reglamento (CE) 1272/2008, [SGA/GHS] sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas

© DOUE L345, 23 Dic. 2008

Prohíbe, el uso en productos cosméticos de sustancias clasificadas como carcinógenas, mutágenas en células germinales o tóxicas para la reproducción de las categorías 1A, 1B y 2, a las que hace referencia la parte 3 del anexo VI del Reglamento (CE) 1272/2008 e introduce otros cambios, en juguetes y tal y cual.

Actualización

PERO, también modifica el REACH o Reglamento (CE) 1907/2006, ya que cambia la definición de preparado o preparados por mezcla y mezclas:

Reglamento (CE) 1336/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, que modifica el Reglamento (CE) 648/2004 para adaptarlo al Reglamento (CE) 1272/2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezcla.

© DOUE L 354, 31 Dic. 2008

Reglamento (CE) 1272/2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezcla, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) 1907/2006.

© DOUE L 353, 31 Dic. 2008

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Real Decreto 2090/2008


Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.

© BOE 23 Dic. 2008

Lo de “desarrollo parcial” querrá decir que deberemos esperar otro real decreto mas, pero que no frema nuestras responsabilidades que ya son de aplicación.

El problema lo veo en que los primeros que contraten un seguro de responsabilidad medioambiental, lo pagarán mas caro, hasta que haya un competencia real entre aseguradores y productos, que los hagan mas competitivos y por ende mas economicos.

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Directiva 2008/127/CE

Sustancias activas, como fungicidas, insecticidas, repelentes, atrayentes, …

Directiva 2008/127/CE de la Comisión, de 18 de diciembre de 2008, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo para incluir varias sustancias activas

© DOUE L 344, 20 Dic. 2008.

Cuando se cierra una puerta, siempre se abre una ventana.Tras la eliminación de muchas sustancias activas de los Anexos de la Directiva 91/414/CEE, se añaden otras, mas seguras que se manejan en condiciones diferentes.

Ácido acético; Sulfato de aluminio y amonio; Caolín; Acetato de amonio; Harina de sangre; Carburo de calcio o Acetiluro de calcio; Carbonato de calcio; Dióxido de carbono; Benzoato de benzildietil[[2,6-xililcarbomil]metil]amonio; Eteno; Aceite del árbol del té; Residuo de destilación de grasas; Ácido nonanoico, acido caprílico, ácido pelargónico, ácido cáprico, ácido láurico, ácido oleico, Ácido octanoico, ácido nonanoico, ácido decanoico, ácido dodecanoico, ácido cis-9-octadecenoico, Ésteres metílicos de ácidos grasos, C7-C10; Extracto de ajo de uso alimentario: Ácido giberélico; Giberelina; Hidrolisato de urea de la melaza de remolacha; Hidrolisato de proteína del colágeno; Sulfato de hierro II, anhidro, monohidrato y heptahidrato; Kieselgur (tierra de diatomeas); Piedra caliza; Undecan-2-ona; Pimienta; Aceites vegetales/Aceite de citronela; Aceite de colza; Aceite de menta verde; Hidrogenocarbonato de potasio; Tolueno-1,4-diamina; Piretrinas, Piretrina 1, Piretrina 2, Cinerina 1, Cinerina 2, Jasmolina 1, Jasmolina 2; Arena de cuarzo; Aceite de pescado; Grasa de ovino; Aceite de resina crudo; Alquitrán de aceite de resina; Extracto de algas marinas; Silicato de sodio y aluminio; Hipoclorito de sodio; Cadena lineal de feromonas de lepidópteros; Hidrocloruro de trimetilamina; Urea; Acetato de Z-13-hexadecen-11-in-1-ilo; Isobutirato de (Z,Z,Z,Z)-7,13,16,19-docosatetraen-1-ilo

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Decisión 2008/969/CE

La lista negra de la Unión Europea y su Sistema de Alerta Rápida.

La Comisión se dota de herramientas reservadas, que permiten identificar a las sociedades incumplidoras con el fin de evitar su relación en temas de subvenciones y contrataciones.

Decisión 2008/969/CE y Euratomde la Comisión, de 16 de diciembre de 2008, relativa al sistema de alerta rápida para uso de los ordenadores de la Comisión y de las agencias ejecutivas.

© DOUE L 344, 20 Dic. 2008

¿Cuando los demás agentes económico deberíamos de acceder a dicha información? En un sistema económico, las relaciones comerciales se realizan de buena fe e identificar a los indeseables, permitiría reactivar la confianza del sistema, reducir los riesgos de las relaciones comerciales y reactivar la economía.
En definitiva, los indeseables deberían ser si no eliminados almenos, identificados.

¿Para cuando una agencia de calificación fiscal y social?

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Real Decreto 1965/2008

O como debe ser la formación del Agricultor y del Ganadero Ecológico de Nivel 2

Real Decreto 1965/2008, de 28 de noviembre, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional agraria que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.

© BOE 20 Dic. 2008.

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