Reglamento (CE) no 542/2008 residuos de medicamentos
En el DOUE, L 157, nos encontramos con el Reglamento (CE) no 542/2008 de la Comisión, de 16 de junio de 2008, que modifica, en lo referente a la ciflutrina y a la lectina de habichuelas rojas (Phaseolus vulgaris), los anexos I y II del Reglamento (CEE) no 2377/90 del Consejo, por el que se establece un procedimiento comunitario de fijación de los límites máximos de residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos de origen animal.
A la lecitina no se le fijan límites en el porcino, mientras que los de la ciflutrina van de 10 ?g/kg hasta los 50 ?g/kg para bovino y caprino.
Un saludo a tod@s.
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