Ley org. 3/1986

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Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.

Las medidas especiales, en las que se pueden limitar nuestros derechos civiles, como la Ley de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, tienen en la sanidad un punto y aparte en otra ley, la de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, por las que la autoridad sanitaria pueden adoptar las medidas previstas en la presente Ley cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad y realizar las acciones preventivas generales.

Las acciones preventivas generales, están dispuestas a continuación, en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que incluye los alimentos y al sector alimentario en España.

La última modificación de la Ley 14/1986, al día de hoy, ha sido realizada por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

El sistema de alerta rápida para alimentos y piensos, en inglés RASFF, es un procedimiento que ayuda a las autoridades, precisamente, para ejecutar las medidas preventivas generales previstas en la Ley Orgánica 3/1986, para España, de forma coordinada con toda la Unión.

El Codex Alimentarius, también ayuda a los Estados precisamente con los sistemas de rápida notificación y alerta.  ver CAC/GL 47-2003 pág 18 y siguientes.

Repasar un poquito de derecho y fundamentar la legislación, es muy recomendable, pues alguna vez ocurre, que se dictan normas contrarias y contradictorias y sólo se pueden resolver esos conflictos atendiendo al derecho en su mas amplio sentido. A aquellos como yo, que aborrecíamos el derecho y elegimos ciencias, tenemos que conocerle mejor, para aborrecerlo un poquito menos, puesto que sin él, la organización social y desde luego la alimentaria sería imposible.

De la necesidad ¡virtud!

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