Dióxido de Carbono como biocida Directiva 2008/75/CE

eurlex_logoEn el DOUE L 197 se ha publicado la Directiva 2008/75/CE de la Comisión, de 24 de julio de 2008, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el dióxido de carbono como sustancia activa en su anexo I.

Deberá de tener una pureza mínima de contenido en el biocida de 990 mL/L y la fecha de inclusión será el 1 de Noviembre de 2009.

Un saludo a tod@s.

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Comentarios

El dióxido de carbono, se podrá utilizar como rodenticida.
Un problema cada vez mas común es la captura de animales vivos en las instalaciones, en vez de su envenenamiento con anticoaculantes, que no ayudan a una correcta reducción de los riesgos biológicos en los establecimientos de alimentación, amén de la tularemia o la leptopirosis y otras infecciones producidas por los cadáveres.
La captura de animales vivos, requieren de la “adecuada eliminación” de los mismos y como el traslado de animales vivos es prácticamente imposible, la eliminación por dióxido de carbono es una práctica muy recomendable, con la ventaja de reducir significativamente los riesgos microbiológicos, del centro y de los operarios de tratamiento de plagas.
¡Salud!

[...] estos días se han publicado varias Directivas sobre biocidas. Aunque el término biocidas, es suficientemente descriptivo, precisa de una aclaración para [...]

[...] PRE/864/2009, de 2 de abril, por la que se incluyen las sustancias activas dióxido de carbono y difenacum en el anexo I del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el [...]

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