Controles a importaciones desde Bangladesh Decisión 2008/630/CE
En el DOUE L 205 se ha publicado la Decisión 2008/630/CE de la Comisión, de 24 de julio de 2008, relativa a las medidas de emergencia aplicables a los crustáceos importados de Bangladesh y destinados al consumo humano [notificada con el número C(2008) 3698].
Debido a que se han detectado residuos de medicamentos veterinarios y sustancias no autorizadas en crustáceos importados de Bangladesh y destinados al consumo humano, se debe proceder a analizar la presencia en particular, de cloranfenicol, metabolitos de nitrofuranos, tetraciclina, verde malaquita y violeta cristal, las importaciones irán acompañadas de un informe analítico que garantice su seguridad para el consumo.
Un saludo a tod@s.
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