Exclusiones del REACH

Ha sido publicada una nueva relación de sustancias excluidas de la necesidad de registro en la ECHA:

Reglamento (CE) 987/2008 de la Comisión, de 8 de octubre de 2008, por el que se adapta el Reglamento (CE) 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos REACH en cuanto a sus anexos IV y V

© DOUE L 268, 9 Oct. 2008.

REACH Artículo 2 Aplicación

7. Quedan exentas de lo dispuesto en los títulos II, V y VI:

a) las sustancias incluidas en el anexo IV, puesto que se tiene información suficiente sobre ellas y se considera que, por sus propiedades intrínsecas, entrañan un riesgo mínimo;

b) las sustancias cubiertas por el anexo V, puesto que el registro de estas sustancias se considera inadecuado o innecesario y su exención de lo dispuesto en los títulos mencionados no perjudica los objetivos del presente Reglamento;

Nota: Los títulos II, V y VI tratan sobre:

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