Real Decreto 298/2009
Seguridad y Salud en el Trabajo
Aunque sean de especial aplicación a las trabajadoras embarazadas o lactantes, deben de ser de aplicación a todos los trabajadores y los riesgos biológicos para todos los trabajadores, son de obligado cumplimiento en las industrias de alimentación.
Real Decreto 298/2009, de 6 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia.
© BOE 7 Mar. 2009
Es de señalar en el presente real decreto que utiliza el nuevo etiquetado para las sustancias químicas regulado por el Reglamento (CE) 1272/2008 ó Reglamento GHS o Global Harmonized System para la clasificación y el etiquetado (C&L).
Ejemplos de riesgos son:
Químicos, sustancias etiquetadas como:
- R60, R61 y R64
- H360F, H360D, H360FD, H360Fd, H360Df y H362
- Los PBT, como agentes cancerígenos durante el trabajo
- Mercurio y derivados.
- Medicamentos antimitóticos.
- Monóxido de carbono.
- Agentes químicos peligrosos de reconocida penetración cutánea.
Biológicos:
- grupos de riesgo 2, 3 y 4
- y en particular, toxoplasma y el virus de la rubeola.
Físicos:
- Choques, vibraciones o movimientos.
- Manipulación manual de cargas pesadas que supongan riesgos, en particular dorsolumbares.
- Ruido.
- Radiaciones no ionizantes.
- Frío y calor extremos.
- Movimientos y posturas, desplazamientos, …
¡Salud y buenos alimentos!
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