1ª Modificación del Reglamento (CE) 1272/2008
Reglamento (CE) 790/2009 de la Comisión, de 10 de agosto de 2009, que modifica, a efectos de su adaptación al progreso técnico y científico, el Reglamento (CE) 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas
DOUE © 2009, L 235
El Reglamento (CE) 1272/2008, consta de 1355 páginas
ANEXO I
Se establecen los criterios de clasificación en clases de peligro y sus diferenciaciones, y disposiciones adicionales sobre cómo cumplirlos.
ANEXO II
— En la parte 1 figuran reglas particulares para el etiquetado de determinadas sustancias y mezclas clasificadas.
— En la parte 2 se establecen reglas para la inclusión, en la etiqueta de determinadas mezclas, de indicaciones adicionales
de peligro.
— En la parte 3 se establecen reglas particulares para el envasado.
— En la parte 4 se establece una regla particular para el etiquetado de productos fitosanitarios.
— En la parte 5 se establece una lista de sustancias y mezclas peligrosas a las que se les aplica el artículo 29, apartado 3.
ANEXO III
Lista de indicaciones de peligro, información suplementaria sobre los peligros y elementos suplementarios que deben figurar en las etiquetas
ANEXO IV
Lista de consejos de prudencia
ANEXO V
Pictogramas de peligros
ANEXO VI
Clasificación y etiquetado armonizados para determinadas sustancias peligrosas.
ANEXO VII
Tabla de correspondencias entre la clasificación de la Directiva 67/548/CEE y la clasificación del presente Reglamento (CE) 1272/2008
El Reglamento (CE) 790/2009, modifica la parte 3 del Anexo VI * y es la primera modificación y consta de 430 páginas.
* Corregido, gracias a Manuel
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“El Reglamento (CE) 790/2009, modifica la parte 3 del Anexo IV”
correción:
El Reglamento (CE) 790/2009, modifica la parte 3 del Anexo VI
Un saludo