triclosan
También conocido como 5-cloro-2-(2,4-diclorofenoxi)-fenol
Decisión 2010/169/UE de la Comisión, de 19 de marzo de 2010, relativa a la no inclusión del 2,4,4’-tricloro-2’-hidroxidifenil éter en la lista de la Unión de los aditivos que pueden utilizarse en la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios con arreglo a la Directiva 2002/72/CE
El 21 de abril de 2009 Ciba Inc. notificó a la Comisión su decisión de retirar la solicitud de autorización de esta sustancia como aditivo en la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios porque ya no consideraba apropiado su uso en plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos.
El triclosan está considerado como posible disruptor endocrino, es decir sustancia no apta para niños en crecimiento ni para mujeres embarazadas o que puedan estarlo, ni siquiera en muy pequeñas concentraciones.
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