aguas minerales y de manatial

Con la referencia TRIS 2010/188/E se comunica a la Comisión Europea el

PROYECTO de Real Decreto por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial

CE > Empresas > TRIS > Aguas Minerales y de Manantial.pdf

El proyecto además modificará el el Artículo 38.1 del Reglamento General para el Régimen de la Minería aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, sobre clasificación de las aguas:

a) Minero-medicinales: las alumbradas natural o artificialmente que por sus características y cualidades sean declaradas de utilidad pública. En función del uso o destino, éstas se clasifican en aguas minero-medicinales con fines terapéuticos, aguas minerales naturales y aguas de manantial.
b) Minero-industriales: las que permiten el aprovechamiento racional de las sustancias que contengan. minerales en minero-medicinales y  aguas minero-industriales.

Propina:

El agua …  ¿natural? …  ¿Cuando llegó el agua a la Tierra?

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