No quieres OGMs, pues toma 6 tazas

En julio y agosto, la Comisión Europea ha tomado las siguientes decisiones:

Decisión 2010/419/UE de la Comisión, de 28 de julio de 2010, por la que se renueva la autorización para que sigan comercializándose los productos que contengan, se compongan o se hayan producido a partir de maíz modificado genéticamente Bt11 (SYN-BTØ11-1), por la que se autorizan los alimentos e ingredientes alimentarios que contengan o se compongan de maíz forrajero Bt11 (SYN-BTØ11-1) con arreglo al Reglamento (CE) 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo y por la que se deroga la Decisión 2004/657/CE

Decisión 2010/420/UE de la Comisión, de 28 de julio de 2010, por la que se autoriza la introducción en el mercado de los productos que contengan, se compongan o se hayan producido a partir de maíz modificado genéticamente MON89034xNK603 (MON-89Ø34-3xMON-ØØ6Ø3-6), con arreglo al Reglamento (CE) no 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo

DOUE © 2010, L 197

Decisión 2010/426/UE de la Comisión, de 28 de julio de 2010, por la que se autoriza la introducción en el mercado de los productos que contengan, se compongan o se hayan producido a partir de maíz modificado genéticamente Bt11xGA21 (SYN-BTØ11-1xMON-ØØØ21-9) con arreglo al Reglamento (CE) 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo

DOUE © 2010, L 199

Decisión 2010/428/UE de la Comisión, de 28 de julio de 2010, por la que se autoriza la comercialización de productos que contengan, se compongan o se hayan producido a partir de maíz modificado genéticamente de la línea 59122x1507xNK603 (DAS-59122-7xDAS-Ø15Ø7xMON-ØØ6Ø3-6), con arreglo al Reglamento (CE)  1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo

Decisión 2010/429/UE de la Comisión, de 28 de julio de 2010, por la que se autoriza la comercialización de productos que contengan, se compongan o se hayan producido a partir de maíz modificado genéticamente MON 88017 x MON 810 (MON-88Ø17-3 x MON-ØØ81Ø-6) con arreglo al Reglamento (CE) 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo

DOUE © 2010, L 201

Decisión 2010/432/UE de la Comisión, de 28 de julio de 2010, por la que se autoriza la comercialización de productos que contengan, se compongan o se hayan producido a partir de maíz modificado genéticamente 1507×59122 (DAS-Ø15Ø7-1xDAS-59122-7), con arreglo al Reglamento (CE) 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo

DOUE © 2010, L 202

No entiendo muy bien cómo no se aplica el Reglamento (CE) 258/97 a éstos productos, ni tampoco como la futura nueva normativa tampoco lo considera:

Posición (UE) 6/2010 del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre nuevos alimentos, por el que se modifica el Reglamento (CE) 1331/2008 y se derogan el Reglamento (CE) 258/97 y el Reglamento (CE) 1852/2001 de la Comisión Adoptada por el Consejo el 15 de marzo de 2010.

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Comentarios

Está claro, las Compañías de OGMs, TAMPOCO respetan ssu propia normativa específica -privi-legio- como demuestra:
http://truefoodnow.org/2010/08/13/federal-court-rescinds-usda-approval-of-genetically-engineered-sugar-beets/
ante un Juez federal (USA)
Salud, saludos y buenos alimentos

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