Con motivo del
Real Decreto 1595/2010, de 26 de noviembre, por el que se regula la concesión de una subvención directa a la Agencia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo (OSHA), para financiar los gastos de uso y mantenimiento de su sede en Bilbao.
BOE © 2010, Dic. 28
que carece de interés salvo para la Agencia y para el propio Ministerio, me ha servido para recuperar una referencia importante
y una de sus últimas publicaciones (sorry in english)
Risk Assessment for Biológical Agents
De aplicación a
1. Trabajos en centros de producción de alimentos.
2. Trabajos agrarios.
3. Actividades en las que existe contacto con animales o con productos de origen animal.
4. Trabajos de asistencia sanitaria, comprendidos los desarrollados en servicios de aislamiento y de anatomía patológica.
5. Trabajos en laboratorios clínicos, veterinarios, de diagnóstico y de investigación, con exclusión de los laboratorios de diagnóstico microbiológico.
6. Trabajos en unidades de eliminación de residuos.
7. Trabajos en instalaciones depuradoras de aguas residuales.
así es tal y como aparece en el Anexo I al
Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Salud, saludos y buenos alimentos!
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