Reglamento (UE) 508/2011

Modificación al Reglamento LMRs

Reglamento (UE) 508/2011 de la Comisión, de 24 de mayo de 2011, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que se refiere al límite máximo de residuos de abamectina, acetamiprid, ciprodinilo, difenoconazol, dimetomorfo, fenhexamida, proquinazid, protioconazol, piraclostrobina, espirotetramat, tiacloprid, tiametoxam y trifloxistrobina en determinados productos

DOUE © 2011, L 137

Se trata de:

abamectina en albaricoques y melocotones;
acetamiprid en la barbarea y la mostaza china;
ciprodinilo en las lentejas frescas;
difenoconazol en pimientos y berenjenas;
dimetomorfo en ajos, cebollas, chalotas, berenjenas y alcachofas;
proquinazid en las fresas;
protioconazol en varios tubérculos;
piraclostrobina en tomates, berenjenas, alcachofas y apionabos;
espirotetramat en varios cultivos procedentes de fuerade la Unión Europea;
tiacloprid en las semillas de algodón y en los higos;
tiametoxam en las fresas y las judías verdes con vaina; y
trifloxistrobina en las coles (hojas).

Para consultar los Límites Máximos de Residuos en la Unión:

SANCO_pesticidas

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